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Servicios de PBC/FT

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Preguntas frecuentes

¿Qué son los servicios de prevención de blanqueo de capitales?
Son medidas, procedimientos y controles que ayudan a las empresas a cumplir con la Ley 10/2010 y el RD 304/2014 para evitar el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
¿Qué empresas están obligadas a contar con estos servicios?
Entidades financieras, aseguradoras, asesores fiscales, abogados, inmobiliarias, joyerías, casinos, y cualquier otra actividad incluida en la normativa de PBC/FT.
¿Qué incluyen los servicios de PBC/FT?
Políticas internas, análisis de riesgos, formación del personal, nombramiento de un representante ante el SEPBLAC, elaboración de manuales y procedimientos, y controles periódicos.
¿Qué es el informe de experto externo?
Es una revisión independiente y anual exigida por el artículo 28 del RD 304/2014, que evalúa la eficacia de las medidas de prevención implantadas en la empresa.
¿Por qué es importante la formación en PBC/FT?
Porque la normativa obliga a formar al personal con riesgo de exposición (artículo 29 del RD 304/2014), asegurando que puedan detectar operaciones sospechosas y cumplir con las obligaciones legales.
¿Qué ocurre si no cumplo con las obligaciones de PBC/FT?
El incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas muy graves, que incluyen multas económicas significativas y la posible inhabilitación para ejercer la actividad.