Abogados especialistas en prevención de blanqueo, MiCA y criptoactivos, licencias fintech, mercado de valores y corporate compliance

Cumple con la normativa sin frenar tu negocio

Implantamos sistemas de cumplimiento normativo operativos, auditables y proporcionados al riesgo. PBC/FT, criptoactivos, mercado de valores, regulación fintech y corporate compliance.

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Áreas clave donde
te ayudamos a cumplir

Asesoramiento jurídico y de cumplimiento normativo orientado a resultados: controles que se ejecutan, evidencias que se defienden y sistemas que escalan con tu negocio.

Marco normativo

¿Qué ocurre cuando una entidad no cumple?

Las consecuencias del incumplimiento no son solo económicas. Afectan a la operativa, la reputación y la viabilidad del negocio.

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10 M€

Prevención de blanqueo

Ley 10/2010 · PBC/FT

Hasta 10 M€ de sanción o el doble del beneficio obtenido, inhabilitación de administradores y comunicación pública del incumplimiento por SEPBLAC.

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5 M€

Mercado de valores

MiFID II · CNMV

Suspensión de la autorización, multas de hasta 5 M€ por infracción muy grave, restricción de actividad e inhabilitación de directivos responsables.

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Cese inmediato

Servicios de pago

PSD2 · Banco de España

Operación sin licencia: infracción muy grave con cese inmediato de actividad, multas cuantiosas y responsabilidad personal de los administradores.

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Paralización

Criptoactivos

MiCA · CNMV

Prestación de servicios cripto sin autorización CASP: paralización de la actividad, multas y publicación del incumplimiento. Entrada en vigor plena desde diciembre 2024.

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5 años

Compliance penal

Código Penal · Corporate Compliance

Sin programa de cumplimiento penal: la persona jurídica puede ser condenada a multa por cuotas de hasta 5 años, disolución, suspensión de actividades o prohibición de contratar con el sector público. Un programa eficaz puede eximir o atenuar la responsabilidad penal.

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Nuestro enfoque

Cumplimiento normativo operativo, no solo documental

No trasladamos obligaciones a papel. Implantamos controles que se aplican en la operativa diaria, se documentan con evidencias trazables y se sostienen ante reguladores, auditores e inversores. Cada medida tiene un responsable, un plazo y una evidencia.

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Por qué Molina Law Boutique

Especialización regulatoria, no asesoría generalista

Conocimiento técnico y jurídico integrado

Combinamos el análisis jurídico con el conocimiento operativo de cada sector. No separamos el asesoramiento legal del cumplimiento normativo: ambos deben funcionar de forma coherente en la práctica diaria de la entidad.

Evidencias que resisten cualquier inspección

Todo lo que implantamos está diseñado para ser verificable: controles ejecutados, decisiones documentadas y expedientes listos para SEPBLAC, Banco de España, CNMV o cualquier auditor externo. El cumplimiento debe demostrarse, no solo proclamarse.

Cumplimiento proporcional y sin fricción operativa

Diseñamos sistemas normativos adaptados al tamaño, actividad y perfil de riesgo de cada entidad. La regulación no puede bloquear el negocio: nuestro trabajo es que el cumplimiento sea un activo, no un obstáculo.

Áreas
PBC/FT

Sistemas de prevención auditables y proporcionales al riesgo

Diseñamos la evaluación del riesgo inherente y residual, los procedimientos KYC/EDD, la identificación del beneficiario efectivo y la trazabilidad documental exigida por SEPBLAC.

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Criptoactivos

Marco regulatorio para activos digitales bajo MiCA

Estructuramos el cumplimiento de CASP, exchanges y custodios: KYC/AML específico, Travel Rule, bancarización de fondos cripto y fiscalidad de operaciones con activos digitales.

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Mercado de Valores

Autorización ante la CNMV y cumplimiento MiFID II

Gestionamos el expediente de autorización de ESI y EAF, implantamos las políticas MiFID II exigidas y preparamos la documentación ante requerimientos de la CNMV.

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Regulación Fintech

Licencias de entidad de pago y dinero electrónico

Tramitamos la autorización ante el Banco de España: programa de actividades, requisitos de capital, salvaguarda de fondos, políticas AML y cumplimiento DORA desde el primer día.

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Sectores con mayor
exposición regulatoria

Experiencia probada en los sectores donde la normativa financiera, AML y de cumplimiento tiene mayor impacto operativo.

01

Entidades de crédito y financieras

Bancos, cajas y cooperativas de crédito con obligaciones PBC/FT, MiFID II, DORA y cumplimiento normativo ante Banco de España y CNMV.

02

Fintech y entidades de pago

Startups y scale-ups que necesitan licencia EP o EMI, cumplimiento PSD2, apertura bancaria y marco operativo regulatorio desde el inicio de la actividad.

03

Proveedores de servicios cripto

Exchanges, custodios, plataformas de tokenización y proyectos Web3 sujetos a MiCA, KYC/AML específico para activos digitales y Travel Rule.

04

Empresas de servicios de inversión

ESIs, EAFs, gestoras y fondos que operan bajo supervisión de la CNMV y deben acreditar cumplimiento MiFID II, gobernanza de producto y reporting regulatorio.

05

Grandes corporaciones y grupos empresariales

Entidades que necesitan un programa de cumplimiento penal robusto, canal ético, mapa de riesgos jurídicos y gobernanza corporativa documentada y auditable.

06

Sector inmobiliario y promotoras

Agencias, promotoras y servicers inmobiliarios sujetos a la Ley 10/2010 como sujetos obligados: manual PBC, KYC de compradores y evaluación del riesgo sectorial.

07

Gestoras de activos y family offices

Estructuras de gestión patrimonial con obligaciones AML, debida diligencia reforzada, identificación del beneficiario efectivo y acreditación del origen de fondos.

08

Startups en procesos de inversión

Empresas emergentes que estructuran rondas de financiación y necesitan un marco jurídico sólido frente a inversores institucionales y fondos de venture capital.

Metodología orientada
a resultados verificables

Cuatro fases para transformar la incertidumbre regulatoria en un sistema de cumplimiento operativo, documentado y sostenible.

01

Diagnóstico regulatorio

Identificamos el marco normativo aplicable, revisamos el sistema de cumplimiento existente y detectamos las brechas con mayor impacto en la exposición regulatoria, operativa o reputacional de la entidad.

02

Revisión y verificación

Verificamos que los controles definidos se ejecutan en la práctica: muestreo de expedientes, trazabilidad documental, revisión de alertas, validación de herramientas y registro de decisiones.

03

Plan de acción priorizado

Priorizamos las brechas por nivel de riesgo y urgencia, proponemos medidas correctoras concretas con responsables, plazos y evidencias mínimas, y alineamos el plan con la capacidad operativa real de la entidad.

04

Implantación y acompañamiento

Entregamos documentación técnica y jurídica lista para uso interno y terceros. Acompañamos en la implementación, en la formación del equipo y en la respuesta a requerimientos regulatorios.

Consultas habituales
de nuestros clientes

Hacer una consulta
¿Qué es la Prevención de Blanqueo de Capitales y a quién obliga?
La Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo impone obligaciones de diligencia debida, identificación del beneficiario efectivo, conservación documental, formación y reporte a numerosas entidades: financieras, aseguradoras, inmobiliarias, abogados, auditores, gestoras, exchanges de criptomonedas y otras actividades definidas como sujetos obligados. El incumplimiento puede derivar en sanciones de hasta millones de euros.
¿En qué consiste el cumplimiento MiFID II para una empresa de inversión?
MiFID II exige a las entidades que prestan servicios de inversión: clasificación de clientes, evaluación de idoneidad y conveniencia, política de mejor ejecución, gestión y revelación de conflictos de interés, reporting periódico y requisitos de cualificación del personal. El incumplimiento es objeto de supervisión directa por la CNMV y puede derivar en expedientes sancionadores y restricciones de actividad.
¿Qué licencias necesita una fintech para operar en España?
Depende del modelo de negocio. Si gestiona fondos o procesa pagos de terceros, necesita licencia de entidad de pago o entidad de dinero electrónico (EMI) ante el Banco de España. Las entidades de pago requieren un capital inicial de entre 20.000 € y 125.000 € según los servicios; las entidades de dinero electrónico (EMI), 350.000 €. Si presta servicios de inversión, necesita autorización como ESI ante la CNMV. Operar sin la licencia correspondiente es una infracción muy grave.
¿Qué obliga el Reglamento MiCA a los proveedores de servicios cripto?
MiCA (Reglamento UE 2023/1114 sobre mercados de criptoactivos) establece un marco de autorización y supervisión para los CASP (proveedores de servicios de criptoactivos) en toda la Unión Europea. Exige requisitos de capital, gobernanza, salvaguarda de activos de clientes, transparencia informativa, políticas AML específicas y cumplimiento del Travel Rule para transferencias de criptoactivos.
¿Qué es DORA y a qué entidades afecta?
El Reglamento DORA (Digital Operational Resilience Act) es de aplicación obligatoria desde enero de 2025 para todas las entidades financieras reguladas en la UE y sus proveedores TIC críticos. Exige un marco de gestión del riesgo tecnológico, política de continuidad operativa, registro y notificación de incidentes, pruebas de resiliencia y supervisión de terceros proveedores de servicios digitales.
¿Qué cubre un programa de Corporate Compliance?
Un programa de cumplimiento penal eficaz incluye: mapa de riesgos penales de la organización, código de conducta y políticas internas, canal ético o de denuncias conforme a la Directiva Whistleblowing, protocolo de investigaciones internas, formación periódica por perfiles y mecanismos de supervisión y actualización. Un programa bien documentado puede eximir o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica.
¿Cómo se prepara una entidad ante una inspección de SEPBLAC o Banco de España?
La preparación requiere revisar la coherencia entre el manual de cumplimiento y la práctica real: trazabilidad de expedientes KYC, registros de alertas y decisiones, evidencias de formación, actas del órgano de control interno y documentación del beneficiario efectivo. Un expediente bien ordenado y consistente reduce significativamente los requerimientos de información adicional y los plazos de resolución.
¿Cuánto tarda la obtención de una licencia de entidad de pago?
El plazo legal de resolución es de 3 meses desde la presentación del expediente completo, aunque en la práctica el proceso puede extenderse a 6-12 meses dependiendo de la complejidad del modelo de negocio y la calidad del expediente presentado. Un expediente bien preparado desde el inicio, con el programa de actividades, las políticas requeridas y el capital desembolsado, reduce los requerimientos de información adicional y acorta los tiempos.